POLÍTICA DE IGUALDAD, NO DISCRIMINACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
La Universidad Tecnológica de Tecamachalco es una Institución comprometida con la Igualdad Laboral y la promoción de los Derechos Humanos, erradicando cualquier forma de maltrato, violencia y segregación por parte de cualquier miembro de la comunidad universitaria hacia aspirantes, estudiantes, personal docente y/o administrativo y cualquier persona que se encuentre dentro de las instalaciones o asistiendo a cualquier evento organizado por la misma, en materia de:
- Apariencia física
- Cultura
- Discapacidad
- Idioma
- Sexo
- Género
- Edad
- Condición social, económica, de salud o jurídica.
- Embarazo
- Estado civil o conyugal
- Religión
- Opiniones
- Origen étnico o nacional
- Preferencias sexuales
- Situación migratoria
- Datos de Identificación del Centro de Trabajo
La Universidad Tecnológica de Tecamachalco es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Puebla, con personalidad jurídica y Patrimonio Propios, creado a través del Decreto de Creación, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 04 de Julio de 1997.
- Objetivo de la Política de Igualdad, No Discriminación y Derechos Humanos:
Establecer una cultura de respeto y promoción de los Derechos Humanos, así como de igualdad laboral y no discriminación en la Universidad Tecnológica de Tecamachalco y garantizar la igualdad de oportunidades para todas las personas que integran la comunidad universitaria, armonizada con lo que establece la fracción III del Artículo 1º de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación LFPED)[1].
- Alcance
La presente Política es aplicable a todo el personal que labora en este centro de trabajo, su vigilancia, operación y evaluación, estará a cargo del Abogado General de la Universidad.
- Definiciones
Para la correcta interpretación de la presente política, se establecen las siguientes definiciones en forma alfabética:
- Acoso sexual: Es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.
- Derechos humanos: Facultades, prerrogativas, intereses y bienes de carácter cívico, político, económico, social, cultural, personal e íntimo, cuyo fin es proteger la vida, la libertad, la justicia, la integridad, el bienestar y la propiedad de cada persona frente a la autoridad.
- Género: Conjunto de ideas, creencias y atribuciones sociales y políticas construidas en cada cultura y momento histórico, tomando como base la diferencia sexual; a partir de ello se construyen los conceptos de “masculinidad” y feminidad”, los cuales establecen normas y patrones de comportamiento, funciones, oportunidades, valoraciones y relaciones entre mujeres y hombres.
- Hostigamiento sexual: El hostigamiento sexual es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva.
- Sexo: Conjunto de diferencias biológicas, anatómicas y fisiológicas de los seres humanos que los definen como mujeres u hombres. Incluye la diversidad evidente de sus órganos genitales externos e internos, las particularidades endócrinas que los sustentan y las diferencias relativas a la función de la procreación.
- Violencia: Cualquier acción u omisión que cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte, y que se puede presentar tanto en el ámbito privado como en el público.
- Principios Generales
- Respetamos las diferencias individuales de cultura, religión y origen étnico.
- Promovemos la igualdad de oportunidades y el desarrollo para toda la Comunidad Universitaria.
- En los procesos de contratación, buscamos otorgar las mismas oportunidades de empleo a las personas candidatas, sin importar: raza, color, religión, género, orientación sexual, estado civil o conyugal, nacionalidad, discapacidad, o cualquier otra situación protegida por las leyes federales, estatales o locales.
- Fomentamos un ambiente laboral de respeto e igualdad, una atmósfera humanitaria de comunicación abierta y un lugar de trabajo libre de discriminación, de acoso sexual y de otras formas de intolerancia y violencia.
- Estamos comprometidos con la inclusión y la accesibilidad de nuestra comunicación, eventos e instalaciones a todo tipo de personas sin importar su condición y características individuales, mediante el uso de lenguaje accesible e incluyente y la aplicación de ajustes razonables a los espacios y servicios universitarios.
- Respetamos y promovemos el derecho de las personas para alcanzar un equilibrio en sus vidas; impulsando la corresponsabilidad en la vida laboral, familiar y personal de toda la comunidad universitaria.
- Promovemos y asumimos el respeto pleno e igualitario de todos los derechos humanos y las garantías constitucionales.
- Promovemos la existencia de mecanismos de participación democrática y respetamos el derecho a la información y la libertad de expresión de toda la comunidad universitaria sin más límite que lo previsto por la Constitución y la legislación aplicable.
[1] LFPED, Art. 1°, Fracción III, dice “Discriminación: Para los efectos de esta ley se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo;
También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia”.
DOCUMENTOS
- Nombramiento del Encargado de Implementar, Vigilar, Operar y Evaluar la Política de Igualdad, No Discriminación y Derechos Humanos
- Evidencias de Difusión Accesible a todo el Personal
- Planes de Acción